Hace unos días, el famoso torero, Andrés Roca Rey fue condecorado por el Congreso de la República, generando una gran polémica. Hace unos meses, esta misma persona sufría una corneada, quedando herido. A raíz de estos hechos y de la existencia de una demanda contra la presencia de niños y niñas en espectáculos taurinos se retomaba el constante debate sobre la legitimidad de la tauromaquia. Estamos indudablemente ante una de las prácticas culturales más cuestionadas de la historia. Hasta la fecha, animalistas de todas las vertientes se unen para hacer énfasis de que no cabe argumentación sólida que justifique los graves daños causados a toros y caballos por una razón cultural.
El rechazo a la tauromaquia, no es una cuestión de moda, sino que está presente desde sus inicios en la Baja Edad Media. Ello es un hecho objetivo afirmado por detractores y defensore. Igual de objetivo, es el crecimiento de la población que rechaza la tauromaquia. Si bien son ocho los países que legitiman esta práctica, ello no implica su aceptación pacífica. Muestra de ello son las numerosas veces en las que Altas Cortes han tenido que pronunciarse sobre la materia, o las diversas manifestaciones en defensa de los toros y caballos.
Existen múltiples razones por las que la tauromaquia sigue presente en estos países, pero lo más importante es analizar el discurso que busca legitimar su reconocimiento, incluso su promoción como en el caso de España. Además, ya que estamos ante la discusión sobre la promoción, permisión, regulación o prohibición de una práctica cultural, además de brindar argumentos morales, se debe fundamentar jurídicamente (específicamente, desde el derecho constitucional).
El torero Andrés Roca Rey, en una entrevista realizada por Santiago Carranza-Vélez, habló de su campaña “La Cultura no es Censura”. En ella, dio una serie de razones que justifican a su juicio la tauromaquia:
1) Argumentos que aluden a la cultura
2) Argumentos en favor de quienes trabajan dentro del sector taurino
3) Argumentos en favor de la libertad de gustos
4) Argumentos “ en favor” del toro
Si bien existen aún más razones, nos detendremos en estas brindadas por Roca Rey que
son las más utilizadas por el sector taurino.
1) Argumentos que aluden a la cultura
Roca Rey señaló “En España hay un gobierno al que no le gustan los toros y no quieren aceptar que la fiesta es cultura” y más adelante “Mientras haya respeto por un pueblo que vive su fiesta y su cultura, no hay problemas”. Este argumento, muy utilizado por el sector taurino, busca en esencia justificar la tauromaquia por el mero hecho de ser una tradición cultural. La oposición suele decantarse por el eslogan “la cultura no es tortura”, por lo que apelan a una concepción valorativa-positiva de la cultura.
Esta primera defensa, que niega catalogar como cultura aquello que se rechaza moralmente, es una salida que cumple con su objetivo en el caso concreto, pero que tiene graves consecuencias al adoptarla como postura general. Ello puede propiciar lo que se denomina como “autoritarismo cultural” porque fomenta una uniformidad de pensamiento y niega cualquier posibilidad de diálogo intercultural.
Cuando solo una sociedad se arroga la capacidad de tener cultura, las demás sociedades caen en un rango de inferioridad. Desde esta concepción, la cultura es utilizada como sinónimo de conocimiento o poseer gustos “refinados”. De allí que autores como T.S. Eliot, hablen de alta o baja cultura. En los hechos, esto ha denegado el valor de concepciones diferentes de la realidad aportada por pueblos indígenas y el desprecio por sus saberes ancestrales. Asimismo, esta concepción estrecha elimina los matices sobre lo que para una sociedad puede ser moralmente aceptado o rechazado. Es así que, dentro de las múltiples concepciones de cultura brindado por la antropología, se evita el uso de una concepción moral-positiva de la cultura.
Sin embargo, aceptar una definición neutral de cultura y que la tauromaquia es una práctica cultural, no conlleva el ir al extremo de que toda cultura tiene en sí mismo algo de valor. La premisa: “La tauromaquia es cultura y, ya que toda cultura tiene valor, la tauromaquia tiene valor y debe ser incentivada” tampoco resulta una argumentación plausible. Este error de razonamiento está presente incluso en Altas Cortes, tales como en Perú o Colombia. Para estas, bastó la identificación de que la tauromaquia es una tradición con arraigo y que es alabada por algunos personajes históricos y del mundo de las artes, para concluir que merece protección constitucional.
En esa línea, la filósofa española, Paula Casal escribió un artículo titulado Whaling, Bullfighting, and the Conditional Value of Tradition, en donde sostiene que la tradición no es incondicionalmente valiosa por el mero hecho de serlo. El otorgamiento de un valor incondicional está presente tanto en quienes favorecen a la tauromaquia como quienes lo rechazan a través de un análisis costo-beneficio. En respuesta a ello, propone que dependiendo del contenido de una tradición, se pueden tener razones pro- tanto para mantenerla. Este contenido debe cumplir condiciones mínimas para que exista el valor. Desde el condicionalismo se rechaza el balance indiscriminado, en el sentido de que no se puede contar intereses que albergan abusos.
Visto así, la tauromaquia no adquiere valor alguno por ser una práctica cultural, este despegará únicamente si en su contenido se encuentran razones moralmente plausibles para mantenerla. No obstante, esta práctica al representar un abuso que causa graves daños a toros y a caballos, no puede alegarse de allí, algún valor.
2) Argumentos en favor de quienes trabajan dentro del sector taurino
Un segundo punto al que se refiere Roca Rey en defensa de la tauromaquia y su apoyo es debido a que la cantidad de gente que trabaja en dicho sector y que necesita el dinero para vivir y comer. Sobre este punto, cabe resaltar que en torno a la industria taurina se generan una variedad de trabajos, no todos íntimamente relacionados con la práctica cultural. Desde quien vigila la plaza, hasta el propio torero hay diferentes trabajos que con una prohibición de la tauromaquia tendrían diferentes impactos. En este punto, nos centraremos en las actividades laborales estrechamente vinculadas a la industria taurina, ya que son estas personas las que serían más perjudicadas. El ejemplo más claro de esta actividad es la del torero.
El torero depende únicamente de la existencia de la práctica cultural taurina. Es su principal especialización y la adopta como sustento. No solo es un trabajo, es también su proyecto de vida, cuya frustración generaría un daño existencial. Sin embargo, en este punto volvemos a aludir al valor que tiene el proyecto de vida, el cual dependerá nuevamente del contenido. Si bien es algo a tomar en cuenta, en sí mismo no es razón suficiente para darle una protección absoluta. La protección del proyecto de vida, es de especial protección, especialmente cuando estamos ante intromisiones arbitrarias. En este caso, estamos ante una práctica cuya realización va de la mano con causar graves daños a animales por el hecho de ser una tradición. Asimismo, parte de una desconsideración moral de los animales dado que tiene como origen una época en donde no se imaginaba
acerca de deberes directos hacia ellos. El propio mito taurino parte de la superioridad del hombre sobre el animal, discurso que no se condice con el progreso moral contemporáneo.
Igual de claro es que una actividad laboral no se puede realizar por el mero hecho de dar trabajo. Las actividades ilícitas se combaten a pesar de que pueden ser muy rentables. Tampoco todos los proyectos de vida se deben realizar de manera simultánea, ya que resulta imposible. En esa línea, “[e]l que alguien pierda su proyecto de vida es algo a tener en cuenta, pero entonces deberíamos pensar primero en tantas profesiones éticamente irreprochables que están desapareciendo por los cambios tecnológicos y sociales”5. Por lo tanto, el proyecto de vida, o el sustento laboral no pueden ser un sustento sólido para mantener esta práctica.
Sostener esto, sin embargo, no significa desconocer el impacto en muchas economías individuales y familiares que se perderían con la prohibición de esta práctica. Tampoco dejar a su suerte a estas personas. No es plausible mantener la tauromaquia porque va a perjudicar económica y laboralmente a personas, pero de ello no se deduce que no se pueda atenuar el impacto a estas personas. Por ello, una prohibición a la tauromaquia debe ser planificada de manera estratégica, y por ende, transitoria y multisectorial. No solo por las personas que trabajan en dicha industria, sino también por los propios animales quienes son alimentados por intereses económicos y que, una vez que estos desaparezcan, no se dudará en dejar a estos animales a su suerte o en deshacerse de ellos para recuperar las pérdidas.
3) Argumentos en favor de la libertad de gustos
Un tercer punto, presente en la narrativa de Roca Rey, se centra en que la prohibición o perjuicio a la tauromaquia obedece a una cuestión de gustos. En sus palabras: “No debe haber discriminación al toreo porque a un Presidente o Vicepresidente no le gustan los toros. Creo que un gobierno no tiene que luchar ni defender al país según sus gustos, sino representar a todo el pueblo”. Hay muchas presunciones en estas declaraciones. La
primera es hablar de discriminación contra los taurinos por una cuestión de gustos. La segunda es ver la prohibición de la tauromaquia por una cuestión de gustos. La tercera es sostener que la tauromaquia representa al pueblo.
Respecto a la primera presunción, cabe responder a si un trato en perjuicio de la industria taurina es discriminación. Al respecto, la discriminación es un trato diferenciado que es injustificado y en perjuicio de alguien o algunos sobre otros6. Un elemento esencial que salta a primera vista es el calificativo de “injustificado”. Para Roca Rey, el trato que perjudica a la industria taurina es injustificado porque representa una decisión con base en una cuestión de gustos. Aquí se adhiere a la segunda presunción.
Si una actividad económica es perjudicada, especialmente por parte de servidores públicos, por una mera cuestión de preferencias, no cabe duda de que estamos ante una discriminación. Entonces, para responder la primera presunción, debemos responder previamente la segunda.
El rechazo a la tauromaquia, puede tener un elemento de una cuestión de gustos. Es decir, a las personas antitaurinas, generalmente no les gusta la tauromaquia ni nada relativo a ella. Este punto es cierto. Sin embargo, a las personas hay muchas cosas que no gustan o que no las prefieren, y no por ello piden su prohibición, realizan manifestaciones organizadas, presentan demandas, etc. No se busca prohibir todo lo que a uno no le gusta. En caso de que así sea, es una actitud de capricho y egoísmo que nadie defendería. En este caso, las personas antitaurinas no rechazan esta práctica cultural por el mero hecho de que no les gusta. Existen múltiples razones, pero una de las más contundentes es por la preocupación que existe sobre los animales que son gravemente dañados y asesinados por el mero hecho de ser una práctica cultural o artística. El gusto por lo tanto, contiene razones de índole moral. Ahora, una cosa es la consideración moral por parte de parte de
la población y otra, la moral positivizada a través de principios y reglas, especialmente de rango constitucional; al igual que en normativa de rango legal e infralegal.
Actualmente, es innegable que existe un reconocimiento constitucional de protección a los animales. Existen incluso pronunciamientos del Tribunal Constitucional en beneficio de los animales, reconociendo el principio de bienestar animal. Esto significa que para la justicia constitucional el bienestar de los animales puede ser protegido por el más alto nivel normativo. Asimismo, existen leyes de gran relevancia para proteger a los animales como la Ley de Protección y Bienestar Animal y la Ley “4 Patas”. Por lo tanto, la preocupación por la ciudadanía y de servidores públicos en rechazar prácticas que contradigan este bienestar de los animales, no obedece a un mero gusto, ni a la moral de una parte de la población, sino a principios constitucionales. Si bien, en el caso de la tauromaquia, el Tribunal Constitucional, no ha sido prolijo al resolver en cuanto a su constitucionalidad, no se desconoce la importancia del tema, el cual siempre se vuelve a
discutir. Tanto así que, fueron tres veces las que se ha discutido este tema, y con pronunciamientos diversos. Por lo tanto, resulta erróneo sostener que el trato no favorable a la tauromaquia obedece a meros gustos por parte de autoridades del Estado, ya que obedece a interpretaciones de principios constitucionales. Por ende, tampoco estamos ante un trato injustificado, pues es el principio de bienestar animal, una justificación sólida para un trato diferente. Esto se vuelve más plausible, en cuanto que la doctrina más vanguardista reconoce que los animales son sujetos de derecho y hasta personas.
Respecto a la tercera presunción, queda decir que la tauromaquia en el Perú es mayormente rechazada; y no solo en Perú, sino en la mayoría de países en donde sigue vigente. Por lo tanto, incluso a nivel de “representación del pueblo”, no se podría defender la permanencia de la tauromaquia. Incluso, si por “todo el pueblo” hiciera alusión a que como minoría pueden resistir a una “tiranía de la mayoría”, dicha condición
no legitima lo que Casal denomina como “derecho a la crueldad”:
El hecho de que una minoría no tenga la parte que le corresponde de recursos económicos e influencia política proporciona muy buenas razones para luchar para que tengan lo que en justicia les corresponde, pero no para permitirles que dañen o traten como les parezca a aquellos que están bajo su control y son todavía más vulnerables, como las mujeres, los niños y los animales que forman minorías dentro las minorías. Esto supondría descargar nuestras responsabilidades multiculturales de una forma en la que algunos esperan descargar sus deberes religiosos: dejando que sean otros los que paguen la cuenta8. (Casal, 2004, p.326).
Por último, otro argumento que subyace en el discurso de Roca Rey, es el relativo a la libertad. Si a las personas antitaurinas no les gusta la tauromaquia, basta con no verlo.
Como defendimos en este punto, el rechazo a esta práctica obedece a razones morales y jurídicas. Justamente, la desconsideración hacia los animales, hacen verlos como objetos cuyos intereses no son tomados en cuenta, por lo que todo se reduciría a la libertad del ser humano. Esto en la actualidad no es así y los animales van cobrando cada vez mayor protagonismo en su lucha por los derechos. Es así que animales concretos han sido
reconocidos como sujetos de derecho por Altas Cortes en Argentina y Pakistán. Por ello, la discusión sobre la tauromaquia no debe centrarse en una cuestión de gustos entre personas taurinas y antitaurinas, sino en si esta práctica está amparada por los derechos fundamentales que alegan, en la que se deben contar los fundamentos constitucionales en favor de los animales.
Por lo tanto, no se puede justificar una “libertad de gustos”, de igual manera que la búsqueda de la prohibición de la tauromaquia no tiene como base un capricho del prohibir lo que no gusta, sino en principios morales y jurídicos.
4) Argumentos “ en favor” del toro
Un último argumento esgrimido en la entrevista a Roca Rey, es la preocupación por los
toros. Asevera que:
[A]hora mismo hay cantidad de personas o de grupos que se hacen llamar “animalistas” (simplemente son antitaurinos), pero lo único que quieren es acabar con las corridas de toros. No se dan cuenta de que si se para la fiesta, la raza del toro bravo se extingue. Y los que más cuidan al toro bravo son los ganaderos, los toreros, los mismos aficionados. Si se quejan de las corridas, yo les pregunto: “¿ustedes que hacen por el toro bravo?”. Tienen que hablar con justificación.
De este comentario, se desprende que son quienes mantienen viva la festividad taurina, quienes se preocupan por el toro porque lo cuidan y evitan su extinción. Sobre el cuidado del toro, nadie podría alegar que cuidar de alguien justifica o exime de responsabilidad un asesinato. Mucho menos que eso implique una verdadera preocupación o “amor”. En cuanto a evitar la extinción del “toro bravo”, hay un vacío argumentativo porque no
se acredita el nexo causal entre la prohibición de la actividad taurina y la extinción del “toro bravo”. Asimismo, dicha aseveración cae en una falacia de falso dilema en cuanto al “problema de la no identidad”, esto implica un dilema entre traer la vida a un ser que está condenado a morir o a sufrir gravemente, o la de no existir. Casal sostiene que esto no se aplica al toro de lidia:
En el caso del toro, aun si lo creaste para entretenerte matándolo, todavía puedes cambiar de opinión y dejarlo vivir. No encaja, por tanto, con los supuestos del argumento. El caso del toro no es como el del ratón, sino que es como el caso del que tiene o adopta una niña para explotarla sexualmente. La intención ya era indefensible, y además, una vez que el toro o la niña existe, se les puede dejar en libertad. Su anatomía (su identidad genética) no es su destino.
Es así que, alegar que el toro de lidia solo tiene dos opciones: o la lidia o la extinción, resulta falso e ignora las posibilidades que existen de mantenerlos sin causarles daño. En consecuencia, ni los ganaderos, ni toreros, ni aficionados taurinos sienten una preocupación genuina por los toros; sino todo lo contrario.
5) Conclusiones
Las personas taurinas, a menudo sostienen que la tauromaquia es moral y jurídicamente defendible. El torero Roca Rey, uno de sus máximos representantes, expone un discurso en el que subyacen algunos de sus argumentos más relevantes: la apelación a la cultura, al trabajo, a la libertad de gustos y una preocupación por el toro. En este texto, se ha demostrado que dicha argumentación es débil y no puede sostener la tradición taurina.
Asimismo, se aboga por una abolición realista y que no sea contraproducente ni para humanos ni animales. La discusión sobre la legitimidad de la tauromaquia, desafortunadamente, estará presente por muchos años más, por lo que es necesario mantener presente que en la discusión académica no hay razón alguna que justifique su
permanencia.